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Bufete Rojano y Asociados Abogados es una firma de abogados especializados en Derecho Laboral para empresas y negocios con sedes en Ciudad de México y Toluca, Estado de México.

 

 

 

PROPUESTA PARA AUMENTAR EL AGUINALDO

 

El pasado 2 de agosto se presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas al primer párrafo del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el cual se refiere al aguinaldo que deben pagar los empleadores a sus trabajadores en el mes de diciembre de cada año, el cual hasta el día de hoy, de acuerdo al cotado precepto, no puede ser inferior al importe de quince días de salario y se debe pagar a más tardar el veinte de diciembre.

 

La reforma que se propone con el citado proyecto consiste en ampliar el periodo anual que se contempla como mínimo de quince días a treinta días, es decir, lo que se está proponiendo es duplicar el número de días que se contempla como mínimo.

 

Esto, como lo comentamos en un principio, es un proyecto, es decir, no se ha aprobado y por consiguiente, no es todavía obligatorio, pero consideramos muy probable que sea aprobada y, por tal motivo, creemos necesario comentar cuales son las ventajas y desventajas de dicha reforma tanto en los trabajadores como en empleadores.

 

En principio, en muchos lugares donde se comentan este tipo de propuestas que tienen más motivación política que social, se aplaude la determinación, bajo el argumento de que se está haciendo justicia a la clase trabajadora, pues tendrá un mayor ingreso para las vacaciones, lo cual en sentido estricto efectivamente sucedería, pues para las personas trabajadoras es importante contar con mayores ingresos para solventar los gastos que conlleva el periodo vacacional, sin embargo, hay que atender a los efectos que puede provocar em las fuentes de trabajo de acuerdo a su capacidad y al número de empleados con los que cuente.

 

En el caso de las empresas que a la fecha estén pagando los treinta días que se proponen o cantidades mayores, el referido proyecto no causará efecto alguno, pues tomemos en consideración que lo que establece la Ley es un mínimo obligatorio, por lo que en este caso, no será obligatorio aumentar los días de aguinaldo que se paguen, aunque esto no es obstáculo para que empleadores y sindicatos puedan pactar mejores condiciones laborales, entre estas, el aumento a los días de aguinaldo.

 

Sin embargo, trasladándonos a las empresas medianas o pequeñas o a los negocios particulares, la situación se contempla muy diferente, ya que esta situación impactaría negativamente la estabilidad de las mismas, ya que tomando en cuenta que esta prestación tiene el carácter de irrenunciable, no puede pactarse la reducción ni la supresión de su pago, lo que puede afectar la estabilidad de las fuentes de trabajo y que se puede ver traducido en la reducción o eliminación de puestos de trabajo, lo que causará que los principales afectados sean precisamente los trabajadores.

 

Lo anterior, es nuevamente un reflejo de la visión equivocada que se ha tenido históricamente del empleador como el ente poderoso y acaudalado, lo cual, aunque en muchos casos sí es así, se tiene que tomar en cuenta que no todos los empleadores son grandes emporios, sino en muchas ocasiones tienen que luchar por sobrevivir ante todos los retos que implica tener un negocio en la actualidad.

 

Por tanto, esperemos a tener noticias de esta iniciativa y si se hacen modificaciones o si se aprueba tal y como está, por lo que dado el momento lo estaremos comentando.

 

Cualquier duda sobre el tema, puede contactarnos para una consulta profesional más personalizada.

 

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